Bancarizacion en Bolivia y las Dudas

Seguramente a todos les ha ocurrido lo mismo que a mi persona al leer la norma de Bancarizacion tanto la 23 como la 11, es increible que se emitan resoluciones con tantos vacios legales y de interpretacion, peor todavia al ver esta norma tan informal y mal presentada no se tomen la molestia de emitir reglamentaciones adecuadas para subsanar los errores que existen.

La base a tener claro es enteder el espiritu de la norma, como dicen los legisladores!!!

Les voy a exponer un ejemplo claro de un error comun que se esta dando en las empresas y por culpa de los malos profesionales que no asesora correctamente a sus empleadores o contratantes:

1.- La norma es clara y ante todo documento de respaldo vale el Contrato si existe, luego la factura, Ej: En un caso de Alquiler nos emiten la factura y no sobre pasa el valor de 49.999 bs., pero el contrato si sobre pasa ese valor, entonces tenemos que declarar esas facturas?

R. Si, sin importar la facturacion mensual de contrato si el monto de este pasa los 49.999 bs, debemos declarar cada factura que se emita dentro del informe de bancarizacion, asi estas facturas individuales no pasen el valor minimo.

Lo mismo puede pasar con cualquier tipo de contrato sea de servicio o venta que estipule facturaciones pequeñas, lo que hay que tener claro que si existe un contrato para una facturacion por un servicio repetitivo hay que ver la duracion del contrato y los pagos que se realizan para determinar si se requiere la declaracion en el modulo de bancarizacion.

Ese ejemplo creo que es lo bastante claro para no caer en la figura que he visto en algunas empresas donde se realizan muchas facturas pequeñas pensando que asi no las tendran que declarar sin saber que estan cometiendo un grave error y asesorando mal a los empresarios.

Las dudas que puedan ir surgiendo las iremos poniendo y actualizando este post, si alguien tiene dudas tambien postear y trataremos de ir solucionandolas y creando una base de datos para ver cual es el mejor camino a tomar.

Un saludo.

RF

Publicado por RF

Auditor Financiero, especialista en Impuestos, Costos y Finanzas.

264 comentarios sobre “Bancarizacion en Bolivia y las Dudas

  1. la duda es la siguiente tengo una factura por bs320000 por el cual se hizo 3 depositos en fechas distintas en el mismo mes, el llenano para la declaracion lo tengo que hacer por los tres depositos??, y lo tengo que declarar en el mes que se hizo el pago…..????

    1. Estimado Luis
      Tuve una situacion como esta y mi analisis fue: La declaracion de bancarizacion al ser mensual y en base a los datos que nos piden en el archivo que se realiza, asi tambien al ser todos los depositos dentro de un solo mes, te aconsejaría declarar un solo pago por la suma de los 3 depositos en el mes que corresponda, siempre respaldando todas las operaciones lo mas posible en caso de revisiones.
      Gracias por esta consulta, casos asi son los que necesitamos para ir cerrando los vacios con los que cuenta esa norma.

    2. LUIS:
      LO CORRECTO ES QUE HAGAS MENCION LOS TRES PAGOS NO SUMARLOS:

      No de cta / mont pag/ mont acum/ No doc/ fecha
      xxxx 60000 60000 123 15/10/2011
      xxxx 80000 140000 125 18/10/2011
      xxxx 120000 320000 128 31/10/2011

      pues si sumas los depositos que dato pondras Nº de doc y que fecha

  2. Estamos ejecutando un proyecto de la cual nos dieron un anticipo del 20% del valor del contrato.
    A medidada q presentamos las planillas de avance; Tenemos un monto x por Facturar, pero el liquido por CIBRAR es menor al importe de la factura. La diferencia se registra en la columna de acumulado? o como es el tratamiento? por que el anticipo por cada planilla presentada sigue en aumento

    1. Estimado Santos,
      La bancarizacion es para transacciones en las cuales interviene alguna entidad bancaria, en el caso de compras en Zona Franca con pago en efectivo no debes bancarizar por ser en efectivo, PERO si el pago ha sido mayor a 50.000 Bs., podrías tener problemas al momento de nacionalizar y demostrar el págo de ese bien a tu proveedor.

  3. Yo trabajo como un intermediario, por ejemplo vendo un servicio de transporte desde Usa hasta Bolivia, por el cual me pagan por ejemplo $us 10.000.- de los cuales yo hago pagos por cuenta de mi cliente, B/L por $us 6000, Transporte por $us 3000, otros en Puero por 500 y por ultimo yo facturo una comision por los otros 500.-

  4. HOLA UNA CONSULTA POR FAVOR
    ¿QUE NOMBRE TIENE QUE PONERSE AL ARCHIVO PARA ENVIAR LA INFORMACION DE BANCARIZACION?

    AGRADECIENDO LA GENTILEZA

    SALUDOS PATRICIA

    1. Patricia,
      El txt para enviar al DaVinci debe llevar la siguiente configuracion: Ej:
      PARA COMPRAS: compras_auxiliar_112011_141619020 lo que sería: compras_auxiliar_MesAño_NIT
      PARA VENTAS: ventas_112011_141367020 lo que sería: ventas_MesAño_NIT
      Luego el Davinci ya lo exporta y nombra automaticamente los archivos para enviar a impuestos.

      1. muchas gracias!! porque aunque uno no lo crea, son esas pequeñas cosas en los que uno tropieza, si no se sabe eso nunca se podra enviar la bancarizacion

  5. Distinguido:
    Si tengo un pago mediante banco por concepto de beneficios sociales (finiquito) por mas de 50 mil Bs. tengo que reportarlo? y no es ninguna compra venta si no prestacion de servicios pero laborales no honorarios profesionales.
    Saludos
    Edzon F.

    1. Edzon
      Los beneficios sociales no se declaran en la bancarizacion, ya que no entran dentro del objeto de la norma. El pago de los beneficios sociales no puede ser reconocido como una transaccion.

  6. Estimado Franco:

    En primer lugar desearte lo mejor y salud para este año 2012.

    Me salta la siguiente pregunta:

    Las agencias de pasajes y turismo receptivo, cobran para las transportadoras, hoteles y demas prestadores de servicios, que separadamente no son superiores a Bs50.000, sin embargo el pago mensual que se hace a la IATA por todos los pasajes vendidos en el periodo en conjunto superan los Bs50.000, sin embargo las comisiones son del 1% que ingresa a la contabilidad: la pregunta es si se debe informar en la bancarización.

    Te agradezco mucho tu gentil atención.

    1. Victor,
      Te comento, en este tema de la Bancarizacion y como base ante toda duda tenemos que tener claro que lo que manda es la transaccion que sea mayor o igual a 50.000 Bs., sin importar si luego recibes o realizas un solo movimiento bancario que supere ese monto, por lo tanto si tienes varios servicios o ventas pequeñas que ninguna supera el monto establecido como transaccion, no deberías declararlo, segun lo que entiendo e interpreto de la norma.

  7. HOLA UNA CONSULTA DE BANCARIZACION POR FAVOR
    EJ TENGO UNA 2 FACTURAS QUE SE FACTURARON EN MES NOVIEMBRE PERO SOLO ME PAGARON UNA QUE ESA YA LE ENVIE POR BANCARIZACION PERO LA OTRA RECIEN ME PAGARAN EN ENERO , ¿ LA TENGO QUE VOLVER ENVIAR LA FACTURA QUE ENVIE JUNTO CON LA QUE RECIEN ME VAN A PAGAR O SOLO ENVIO LA FACTURA COBRADA EN EL MES ?

    1. Danny,
      En el tema de bancarizacion la informacion que se envía y la mandatoria es el movimiento bancario no las facturas que emitas.
      Por lo tanto si ya declaraste el pago de una factura esa estará enlazada al pago en esa fecha no tienes que volver a enviarla.
      Envías unicamente la que te estan cancelando en el mes.
      Saludos

  8. Mi duda es la siguiente, nosotros vendemos ladrillos y nuestros clientes hacen pagos anticipados mayores a 50000 bs y nosotros vamos enviando el material en el mes. Mi departamento de contabilidad me pidio que haga facturas menores a 50000 es decir dividirlas en 2 o 3 depende el monto. No hacemos ningun tipo de contrato con el cliente.
    Gracias.

  9. TEngo contrato de un proyecto mayor a Bs. 50000, pero se facturará en meses distintos por montos menores. Mi duda es debo bancarizar las facturas por los montos menores ya que el contrato es mayor a 50000?

    1. Claudia, de hecho esa es la forma correcta de analizar la Bancarizacion, la facturacion es indistinta a la transaccion en si. El error comun entre los contadores es que piensan que realizando varias facturas pequeñas para contratos que superan los 50.000 Bs., ya no hace falta Bancarizar.
      Para responder tu pregunta: Si debes Bancarizar esas facturas.
      Romer F.

  10. Estimado Romer,

    Mi duda es si debo declarar por bancarizacion los pagos que realizo en planillas de sueldos a los trabajadores que terminen con un importe liquido a pagar al trabajador > o = a 50,000.00.
    yo pago a cada uno con cheque.

    mil gracias por su gentil ayuda.

    1. Mientras el pago este respaldado con los descuentos laborales y corresponda efectivamente a salario NO SE DECLARA. La norma no alcanza los pagos por salarios.

  11. Una empresa X, subcontrata los servicios de otra y los pagos lo realiza en efectivo, cómo se puede hacer para que los montos facturados por la empresa subcontratada sirvan para el crédito fiscal si no hay una entidad financiera de por medio? agradeceria las soluciones que pueda dar

    1. Claudia,
      En este sentido la norma es bastante clara, si el monto de la transaccion es igual o mayor a Bs.- 50.000, todo pago debe pasar y estar respaldado por una entidad bancaria o caso contrario la operacion será nula fiscalmente hablando. Siento no poder ayudarte.

  12. 1. De la RND 10-0030-11, en el Art. 1, acápite II), que diferencia existe entre el numeral 4.8 y 4.8.2 ?

    2. En la RND 10-0011-11, Capitulo VI, Disposición Transitoria Segunda, manifiesta la regularización desde Junio 2011 una vez que se encuentre habilitado el modulo, teniendo un plazo de 90 días a partir de esta habilitación, ahora bien, en la página de Impuestos la actualización el modulo módulo Da Vinci se efectuó en Enero del 2012 (o por lo menos es lo que aparece en la Distrital Trinidad) , cuáles serían los plazos límites para la presentación y regularización de estos meses con estas consideraciones, para aquellos que no hubieran hecho ninguna declaración hasta ahora ?

    1. Estimado David,
      La diferencia entre los numerales 4.8 y 4.82 es:
      4.8 = Nos dice: En la forma, Medios y Lugares. (aqui nos habla de forma)
      4.8.2 = Nos dice: Plazos establecidos. (aqui nos habla de tiempo – Plazos)

      Puedes presentar en forma, medios y lugares pero fuera de plazos o puedes presentar dentro de los plazos pero con errores en la forma.

  13. hay algún seminario que se podría dar especialmente para contadores para no cometer errores en todo eso que signifique la militarización gracias por su atención.

    1. Sandra,
      Lamentablemente este tema tiene muchos vacios y te puedo asegurar que no existe ningun curso o seminario que solucione todas las dudas de manera correcta, ya que ni los mismos de impuestos internos saben como responder algunas preguntas, por lo tanto hay muchas cosas que hacemos encajar a la fuerza y no necesariamente por que lo diga o especifique la norma, por eso decidí habrir este post, para ayudarnos mutuamente.

  14. Estimado,
    Si emiti dos facturas una por Bs 120.000 y la otra por 60.000 y me pagaron en un solo cheque los dos, en mi libro auxiliar en la casilla «Monto pagado con el Dcto. de pago» : voy a colocar el total de mi venta =Bs 180.000 o tengo que colocar el monto de cada factura ???

    1. Estimada Liliana,
      Como he dicho, no existe ciencia cierta en estos registros, mi opinión personal de acuerdo a lo que interpreto es poner el monto de cada factura.
      Saludos

  15. Romer…

    Respecto a la pregunta que hizo Roció Miranda, que ella cancela sueldos con cheque, y si un empleado o mas ganan = o mayor a 50.000, yo creo q deberían bancarizar, por cuanto es un servicio que la Empresa esta pagando, claro no involucra al total de la planilla sino individualmente y sobre el total ganado independientemente que se realice los aportes de Ley. gracias

    1. Victor creo que te puedo ayudar en este tema, el tema de fondo y objeto de la norma en particular es bancarizar la compra y/o servicio de un bien.- por lo tanto un trabajador de una empresa es un dependiente y no la compra de un servicio en comun. asimismo no deberia bancarizar los pagos de impuestos indennizaciones. espero poder ayudarte en tu consulta

      Saludos
      Atte. Wilson Yavi

  16. una factura de mi proveedor LA EMPRESA XXX SRL. es mayor a 50000 , el momento de cancelar giramos un cheque a nombre del represtante legal, quien nos hizo llegar el poder correspondiente, esta operacion es correcta para su bancarizacion ??

    1. Henry,
      Lamentablemente esto no es correcto ni por bancarizacion ni tributariamente, si la empresa fuera UNIPERSONAL no habría problema con emitir un pago a nombre de dueño de la empresa, pero si al empresa es Sociedad, el cheque debera obligatoriamente ser emitido al nombre de la sociedad.
      Esta figura es comun en nuestro pais, pero hay que tener claro que no es LEGAL.

      Ojo, ante un juicio si la empresa dice que no le has pagado, no tendras forma de demostrarlo ya que le pagastes a una persona (por mas que sea el representante legal) y no asi a la empresa.

      Saludos

      Romer F.

  17. Hola una consulta, realize un pedido de mercancias desde China, el pago ya fue anticipado por bs 80000.- en el mes de Enero 2012, la mercancia aun no ha llegado, Cuando debo Bancarizar???

    1. Elsa,
      Ante este vacío de la norma que no dice nada de los anticipos, lo que estamos haciendo es bancarizar una vez llegue tu mercadería, para tener la DUI a la cual relacionaras a este pago.

      Romer F.

  18. Estimada Pame,
    Se repite el monto, ya que el monto del documento de pago no se debe ser partido.
    En teoria al cruzar el documento de pago con la informacion bancaria no deben haber diferencias, por eso se deberia registrar el total.

      1. El contrato es un parametro que mide el monto de la transaccion si es mayor al monto para bancarizar o menor, lo que bancarizas es cada factura y pago referente a ese contrato.

      2. muy bien grasias por responder tengo una pregunta despues de enviar la bancarizacion se debe imprimir los libros y hacerlos notariar o no es necesario

  19. Estimado, tengo una duda, realice el pago por Bs. 100000 en el mes de diciembre/2011 pero hasta ese entonces no me entragron la factura sino hasta el mes de enero/2012 como debo realizar la bancarizacion?

    1. Estimada Pamela,
      Este es un problema con el que muchas empresas nos estamos topando, lo que sucede es que ante todo anticipo que se entregue la otra empresa debería obligatoriamente emitir una factura (aquí ya estamos incumpliendo la primer norma), en estos casos que no recibimos una factura al momento del anticipo, la única opción que queda es bancarizar una vez se tiene la factura (aquí incumplimos otra norma)
      Lamentablemente en esta norma hay cosas que tenemos que acomodar medio a golpes para que encajen en algunas situaciones.
      Esa es mi opinión.
      Saludos

      Romer F.

      1. Estimado Romer, lo que entiendo es que ya se incumplio 2 normas, la pregunta seria como lo tomaria la renta y si existiera multa de cuanto estariamos hblando o cual seria el procedimiento?

  20. ROMER:
    SI MI EMPRESA RECIBI USS 20.000 EN CALIDAD DE PRESTAMO POR UNA PERSONA NATURAL CON CHEQUE O EN EN EFECTIVO , ESTA OPERACION SE BANCARIZA , TENDRIA Q EXISTIR UN CONTRATO? Y LAS CUOTAS A PAGAR SERIA LO BANCARIZADO

    1. El préstamo en sí no mueve cuentas de resultado, tampoco podrás relacionar ese dinero a algún pago de una factura (por que no es un pago), ahí deberías analizar si los intereses a pagar superan los 50.000 bs, y cuando el te facture (los intereses) bancarizas el pago de los intereses. Si el total de los intereses es menor, entonces no surge ningún efecto.

    1. Liliana
      Cualquier movimiento de dinero que sea mayor o igual a Bs. 50.000 desde la norma se debe bancarizar, aunque el contrato tenga fecha pasada.

  21. René cordova

    Por favor una pregunta:

    Comercializamos con productos farmaceuticos, obviamente nos venden a pedido por lo que puedan exceder los Bs50.000, y va de acuerdo a diferentes líneas de productos, ahora bien si yo solicito que no me facturen por mas de Bs.50.000, y esta me la fraccionen, esto por ser varios productos, estaría bien o estoy vulnerando la norma????

    Gracias por la atencion dispensada.

    1. Rene,
      Si compras varias veces por necesidades y cada transaccion es menor a 50.000 bs, no deberias tener problemas en no bancarizar, lo importante es estar respaldado para demostrar que cada una es transaccion diferente de la otra y que no corresponde a una sola transaccion fraccionada.

    2. Es creo similar en cierta forma, a la consulta mía. Entiendo que al ser distintos productos y en distintas fechas tanto los pedidos como las facturas, mientras cada factura y cada pago no supere los 50.000 no se tendría que bancarizar. Lamentablemente no es otro de los vacíos que tiene esta norma. Saludos.

      1. Exacto Pedro, el tema es que habla de transaccion para delimitar el monto y especifica lo que se debe entender por transaccion:
        «Transacción. Operación de compra o venta de bienes y servicios, contratos de obra y/o prestación de servicios, todo tipo de contratos y/o prestaciones de cualquier naturaleza cuyos montos sean iguales o mayores a Bs50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos), que involucren la erogación de recursos económicos a través de medios de pago utilizados, sea que el pago fuese realizado al contado o al crédito, a través de un sólo pago, pagos parciales o cualquier modalidad o forma de pago asumido.»

  22. como bancalizo si me dieron de anticipo 2 pagos de 20.000 y al ultimo pago recien facturo el total es de 60.000 como lo registro? el el registro auxiliar

  23. QUE HAGO? SI FACTURO VARIOS EQUIPOS EN DISTINTAS FACTURAS A UN SOLO CLIENTE QUE NO SUPERAN LOS 50.000 BS CADA UNA. PERO AL CANCELARME MI CLIENTE ME PAGA EN UN SOLO CHEQUE O TRANSACCION BANCARIA QUE SOBREPASA LOS 50.000 COMO REGISTRO ESTE PAGO POR QUE SIENDO FACTURAS QUE NO LLEGAN AL MONTO INDICADO PARA BANCARIZAR? NO SE QUE HACER?

    1. Morayma,
      Si no hay un contrato y son ventas separadas (sin importar que sean al mismo cliente) menores a Bs. 50.000 no estas obligada a bancarizar esa operacion. Si al contrario tienes un contrato de venta anual con montos establecidos y el total superan los 50.000 bs. si deberias bancarizar.

  24. hola, tengo una duda por favor si me podrian ayudar, tengo un giro al exterior por una factura comercial, sin embargo no pago y la mercancia ya me llego y la desaduanizo que debo poner en mi bancarizacion? es decir me dicen que al nacionalizar debo bancarizar? o al momento de efectuar el pago

    1. Eduardo,
      En este caso bancarizas al momento de tener la DUI correspondiente a ese pago para poder direccionarlo, aunque tendras una diferencia en fechas no hay otra forma de realizarlo, de una forma y otra estas informando que es el espiritu de toda esta norma.

  25. Estimado Romer:

    La consulta es la siguiente por donaciones a otras organizaciones se debe bancarizar y por transferencias desde el exterior?

    Esperanza

    1. Esperanza,
      Esta norma no habla de regalos como este es el caso, por lo tanto no se deberia bancarizar y por que concepto serian tus transferencias desde el exterior?

  26. ayuda si una empresa constructora firma un contrato por 200000 por el total de la obrar pero se le va cancelando con coutas menores a 50000 se debe bancalizar como lo ago tengo q registrar el contrato

    1. Jaime,
      No registras el contrato, este unicamente sirve para dar el parametro de por que estas bancarizando tus facturas menores, bancarizas cada pago que realices y lo direccionas a las facturas que te emitan, sin importar que te facturen parcial y sea menor a bs. 50.000, lo que manda es el total de la transaccion, en este caso el contrato.

  27. Romer;

    Si mi empressa obtiene prestamo de una persona q’ no tiene NIT y le hacemos las retenciones de ley; se bancariza esta operacion?, obviamente que la sumatoria total de los intereses a percibir es mayor a los Bs50.000,00

    atte Franklin

  28. Cual es la figura en situaciones en las que si bien entre el mismo proveedor y comprador sobrepasan los 50.000 mensuales tanto la facturación y pago, pero que los productos y/o servicios motivos de la transacción son distintos. Ejm Factura # 1001 por Bs. 40.000.- por venta de producto «A», otra factura # 1500 por Bs. 15.000.- por venta de producto «B». ambos emitidos y pagados en el mismo mes.

    1. Pedro,
      En este caso son transacciones individuales que no superan cada una los bs. 50.000 por lo tanto no debes bancarizar. Facturaciones menores se bancarizan unicamente cuando existen algun contrato que tiene un monto estipulado mayor a 50.000 bs, o en el caso se servicios continuos que en el año superaran esa suma.

      1. Gracias Romer……. Seguiremos utilizando este medio para compartir inquietudes o aportar sugerencias.

        Saludos

  29. Realmente no esta bien definido con los documentos y pagos, en el caso de importaciones cuando el pago es realizado con SOLICITUD DE TRANSFERENCIA DE FONDOS INTERNACIONAL no se tienen un No. Documento de pago se consigna 0 (cero)???, en la casilla de Monto Facturado/Monto DUI/Monto del documento; se menciona colocar el monto total de la Base Imponible del IVA, mas el IVA contenidas en la Declaracion Unica de Importacion si corresponde la transaccion mi pregunta es el monto para el calculo del IVA es superior al monto de factura de origen ya que esta la suma de transporte hasta frontera que en la DUI es el monto para todo calculo como valor CIF esto no traera mala interpretacion de Impuestos al no coincidir con la factura de origen lo que seria la compra????? y por ultimo en No. de Cuenta del documento de pago se colocara la cuenta del comprador o la cuenta del proveedor????? muchas gracias por el tiempo prestado para las respuestas.
    Saludos cordiales.

  30. yo hice un pago a una enrida que previ al deposito recien me envia la factura, lamentablemente hice el pago en fecha 29 de febrero y la factura recien me llego los primeros dias de marzo incumpli nor en este sentido? como puedo regularizar, mil gracias

    1. Monica,
      En este caso bancarizas al momento en el mes en que te llega la factura, por que no podras bancarizar antes ya que no tienes a que factura direccionar ese pago. Este es un caso particular de los anticipos que se entregan, va existir un desface de fechas en tu bancarizacion pero al menos estas cumpliendo con informar.

  31. muy buenas noche tengo un duda

    yo tengo mi factura comercial que me enviaron de la china por $31000 entonces yo hice una transferencia bancaria por ese
    cantidad y el banco me me emitio un swift

    1¿ la compra ya esta pagaga ?
    2¿ el swift es el respaldo sufisiente de dicha transaccion?
    3¿ si el swift me sirve de respaldo en que parte del swift pillo el nº para para poner en la opcion que me dice nº del documento de pago?

    1. Yobany,
      En el caso de giros por transferencias al exterior debes solicitar el numero de transferencia al banco, el banco deberá emitirte una respuesta con los siguientes datos:
      a) Razón social de la entidad que emitió el Documento de Pago
      b) Número de transacción u operación
      c) Fecha de la transacción
      d) Importe de la transacción
      Saludos

  32. Estimado Romer….

    Primeramente Felicitarte porque estuve leyendo tus respuestas y son muy logicas y ciertas, pero sabes ahora estoy con este «CASO». Nosotros Trabajamos (La empresa donde trabajo) con dos NIT´S somos dos SRL. legalmente constituidas con un Mismo Gerente General y Representante legal ejemplo A SRL. y B SRL., en el mes de Diciembre facturo A SRL. por 70.000.- Bs. a principios de marzo nos cancelaron con un cheque a nombre de B SRL. Donde lo cobramos y depositamos a la cta cte. de B SRL. pero vamos a traspasar a la cta cte de A SRL. donde corresponde y pienso declarar como mi respaldo la boleta de deposito, es como si nos hubieran cancelado en efectivo y no asi con Cheque. Estoy haciendo esto porque el cheque lo emitio una empresa del estado y solicitar la anulacion y emision al nombre correcto es un procedimiento largo y la empresa necesita estos fondos para compra mercaderia.
    Esta bien lo que quiero hacer?? me multaran por esto? por favor ayuda…
    Gracias

    1. Miranda,
      Veamos si entendí bien: El pago que correspondía a la empresa «A» se lo hicieron a la empresa «B» entonces para poder bancarizar y respaldar el pago de tu factura haras un deposito en efectivo a la empresa «A» (como que fuera el pago original de la otra empresa)?
      Si es asi, tu estas respaldado ya que te ingresa al banco, el problema lo tendría la empresa que te realizo el pago, pero por tu lado no deberías tener problemas, mientras todo sea en efectivo y no aparezca tu empresa «B» en ningun lado.
      Saludos

  33. EN EL CASO DE LA IMPORTACION NOSOTROS TRAEMOS MERCADERIA DEL EXTRANJERO PERO NOS LO DAN AL CREDITO LE ENVIAMOS DE A POCO CLARO QUE EN LA POLIZA INDICA EL COSTO TOTAL DE LA MISMA QUE SUPERA MUCHAS VESES LOS 50.000 BS. PERO VAMOS PAGANDO CON UN DEPOSITO CADA MES, TENDRIA QUE PONER EL MISMO DUI CADA VEZ QUE HAGO EL DEPOSITO SUMAR LO ANTERIOR QUE DEPOSITE MAS CON LO QUE ESTOY ENVIANDO ¿NO SE DUPLICARIA LA POLIZA AL VOLVERLA A MENCIONAR CADA VEZ?

  34. Muy buenos dias mis consultas son las siguientes: en la casilla de Monto Facturado/Monto DUI/Monto del documento; se menciona colocar el monto total de la Base Imponible del IVA, mas el IVA contenidas en la Declaracion Unica de Importacion si corresponde la transaccion mi pregunta es el monto para el calculo del IVA es superior al monto de factura de origen ya que esta la suma de transporte hasta frontera que en la DUI es el monto para todo calculo como valor CIF esto no traera mala interpretacion de Impuestos al no coincidir con la factura de origen lo que seria la compra????? y por ultimo en No. de Cuenta del documento de pago se colocara la cuenta del comprador o la cuenta del proveedor????? muchas gracias por el tiempo prestado para las respuestas.
    Saludos cordiales.

    1. Juan Carlos,
      No debería traer mala interpretacion por parte del SIN, ya que ellos lo han normado de esa forma.
      Hay que tener claro del por que el pago de las facturas por compras en el extrangero se deben direccionar a la DUI y no asi a la Factura, esto es para verificar de manera cruzada que esos productos ingresaron de manera legal y no contrabando.
      Saludos

  35. CON RESPECTO DE PAGOS AL EXTRANJERO. CON QUE TIPO DE CAMBIO DEBO DE COTIZAR Y REGISTRAR EN EL REGISTRO AUXILIAR POR QUE NOSOTROS ENVIAMOS EN DOLARES. CON EL TIPO DE CAMBIO DE VENTA O DE COMPRA?

  36. Hola una consulta llego la poliza de importacion y la base imponible es bs 65298 y el IVA Bs 9756 para descargarne el credito fiscal iva fue bs 75046 mi consulta es si tengo que bancarizar el pago del iva bs 9756 que se realizo en el Banco Union otra duda el deposito q se realizo sobre el valor de la mercancia se deposito por demasia que tengo que realizar restar la diferencia???????????

    1. los contribuyente que no son NEWTON no deben enviar la bancarizacion por el portal, pero si deben bancarizar sus compras y sus ventas mayores a bs 50000 y tenerla archivadas para cuanto te fiscalices y te pidan tu ya tienes preparada esa informacion.

      1. Yobany, de acuerdo a la resolucion emitida estas en lo correcto, copio el texto para que todos lo conozcan:
        III. Contribuyentes no Newton. Las personas naturales o jurídicas comprendidas en el alcance del Artículo 2 de la presente disposición, que no se encuentren clasificadas como Contribuyentes Newton, están obligadas a registrar los Documentos de Pago utilizados en sus transacciones iguales o mayores a Bs50.000. – (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos) y los datos requeridos en el formato del Anexo 1, en un libro auxiliar generado ya sea por sistemas computarizados o registros manuales, el cual será de obligatoria presentación cuando sea requerida por la Administración Tributaria.
        Saludos
        RF

      2. Para los que aún no tienen una hoja o planilla electrónica que les ayude a realizar los registros y su posterior impresión, puedo facilitarles el archivo. Sólo deben enviarme un correo a pedro.flores@bolivia.com escribiendo en asunto «ARCHIVO BANCARIZACION». Saludos

  37. Primeramente felicidades por la iniciativa que seguro esta siendo de mucha ayuda, mi duda es la siguiente, en una de las preguntas vi que alguien decia hacerca de si debe realizar banzarizacion por intereses que superan los 50000 y a los que se le han realizados las retenciones de ley por no contar estos con las respectiva emision de factura, y me pregunte, que si no existiere facturas pero obviamente si un contrato en el que figure los interes se tendra que bancarizar??, si es asi, entonces no siempre es necesario la existencia de facturas para la bancarizacion??…, ademas me llama la atención que tb. existenten preguntas en las que se enuncia ….si realize y/o me relizaron el pago en efectivo y este supera los 50000 ya sea total o parcialmente, debo banzarizar, pues creo que el nombre lo dice «Bancarizacion», si no existe doc. de respaldo bancario de la transaccion, como podria bancarizarse, no hay que olvidarse tb. que la norma obliga a que y cuales deben ser los documentos de respaldo para la bancarizacion y que estos deben son estrictamente bancarios.
    Gracias y felicidades denuevo

    1. Un comentario al respecto el hecho de No tener respaldado un transaccion con documento fehaciente de pago (Error de fondo) implica la perdida del CF e IUE 38% Costo no deducible.- sin embargo otro seria el enfonque del analisis del fiscalizador cuando se encuentre con errores en el envio (Error de forma), que no invalida tanto el CF como IUE

      Espero pueda ayudarle a la toma de decisiones en sus transacciones

  38. 1. QUE PASA CON LAS COMPRAS MAYORES A 50000 DONDE EL PAGO SE EFECTUA CON DEPOSITOS DIRECTOS EN EFECTIVO A LAS CUENTAS DE LOS PROVEEDORES EN ESTE CASO DE BANCARIZA….???

    2. SI NO SE BANCARIZA SE PIERDE EL CREDITO FISCAL????

    1. Luis, La norma es clara y si depositas en Efectivo, simplemente por que no hacerlo con cheque? Si es mayor al monto, debes realizar el deposito con cheque o pierdes el C.F.
      RF

  39. Mi estimado;

    Tengo la luda siguiente… que sucede con las compras realizadas en efectivo en zona franca chile, las cuales ingresan al pais con una DUI, pero no cuentas con el respectivo pago mediante banco, sino como mencione anteriormente, fue en efectivo, como podria respaldar mi DUI, para el credito fiscal?????
    gracias de antemano…

    1. George,
      Gran pregunta, este es uno de los vacios mas grandes que tiene la norma, en este caso yo te recomendaría respaldar lo máximo tu transaccion para poder demostrar que el pago ha sido real y en Zona Franca en el Extranjero, obviamente no irias con lo que dice la norma pero al menos debes buscar la forma de respaldarte en caso de fiscalizacion, sobre todo mientras no se normen estos vacios te recomendaría solicitar cuenta bancaria a tus proveedores en Zona Franca y realizar el Giro, ellos deben contar con algun numero de cuenta.

  40. Buenas noches mi consulta es la siguiente, tengo una poliza de importacion emitida el 29/02 pero el pago de impuestos lo hice el 02/03, cuando debo banacarizar en febrero o marzo?. El pago lo hice a traves de cheque el cheque tiene fecha de 29/02 pero el recibo de pago del banco union es del 02/03, que docuemento debo utilizar?

  41. Buenas tardes.
    1.Yengo una gran duda, tengo una importación que se realizo con Ritex, es decir es una DUI sin derecho a credito fiscal, el valor CIF es por dolares 35000.- y el único pago que tengo es el giro realizado al proveedor por dolares 35000.- lo que quisiera saber es si debo bancarizar esta DUI y en la columna de monto factura/monto DUI, debo ponerle la suma de Base imponible+IVA o el importe CIF? de antemano muchas gracias por la respuesta

  42. Excelente Aporte.
    Sobre todo para las personas que somos nuevos en esto de la bancarización.
    Tengo una duda en realidad dos:
    1.- La empresa AA tiene un contrato de Servicios de Asesoria mensuales de Bs 43000.- con la empresa BB, por lo cual se emite la factura…mi pregunta es debo bancarizar??? si el contrato es por un año.
    2.- Como la empresa es nueva, es decir se han emitido solo dos facturas por febrero y marzo, y obviamente no hice la bancarización porque cai en el error de pensar que como eran montos menores a Bs 50,000.- no debia bancarizar….debo rectificar algo? debo hacer la presentacion de las facturas anteriores?

    Quedo profundamente agradecida de antemano, por la gentil atencion a estas preguntas.

  43. La duda es la siguiente, se giro un cheque con fecha 26/04/12 por el que nos facturaron con fecha 02/05/12… debo bancarizar en mayo…?? si bancarizo en mayo en la casilla fecha de documento de pago que fecha pongo…..????

    1. Se deberia Bancarizar en el mes de mayo 02/05/12, pero ocurre el vacio de la norma que no habla de los pagos anticipados, no lo tanto no se debe bancarizar. porque a la fecha del pago no existe la factura, por lo tanto no existe la transaccion, es decir se bancariza en funcion de las transacciones y no en funcion de los pagos.

      1. Antonio, no es un vacio legal, de acuerdo a la ley 843 deberias facturar los anticipos o pagos anticipados. De este modo no tendrias esa diferencia de tiempos en tu bancarizacion.

  44. hola mi pregunta es si se trabaja con el due pongo la fecha en q se hizo la due y todo lo referente a ella
    pq tengo una factura de exportacion y la due respectiva el hecho de que yo trabaje con la due se supone q tendra todos los datos de ella como la fecha del certificado de salida y no asi de la factura de exportacion
    otra duda si se trabaja con distintos tipos de cambio se considerara el tc de la factura o el tc del dia q se hizo la operacion ??
    su ayuda me serviria de mucho

  45. Estimados, consultando con el Servicio de Impuestos Nacionales me indicaron que los alquileres no se bancarizan, siempre y cuando se aclare que existe un canon mensual y si el mismo no supera los Bs. 50.000. Sera correcto este creterio???
    gracias

    1. Gracias por tu pregunta, de acuerdo al criterio conservador que yo manejo y tomando en cuenta que: Las respuestas que uno recibe del Impuestos Internos varían entre los call Center y los Fiscalizadores, si la sumatoria anual del canon mensual supera los Bs.- 50.000 yo SI Bancarizaría, por un simple motivo, es mejor bancarizar de mas que no bancarizar algun gasto que nos pueden observar.

  46. Una duda si soy una empresa q vende medicamentos, y aparte percibo ingresos por alquiler de locales, y tengo contrato por mas de 1 año pero mensualmente le facturo por alquiler bs.1400.- debo bancarizar.

    1. Marlene,
      Si la sumatoria del canon mensual en el año no supera los Bs.- 50.000 de alquiler no deberías bancarizar, de acuerdo a mi criterio e interpretacion.
      Saludos
      RF

      1. Como está planteada la cosa, existen dos posibles situaciones: 1: Si emitiendo las facturas en todo el año POR CADA LOCAL no supera los 50000 NO REQUIERES BANCARIZAR. Incluso si el ingreso total cobrado por varios ambientes alquilados supere los 50000 (en este caso, aparentemente de varios ambientes cobras mensualmente 14.000.- Bs.) Entendiendo que ningún contrato anual no supera los 50.000.- 2: Si entendemos que un contrato anual por un local supera los 50.000.- DEBES BANCARIZAR los ingresos relacionados sólo con ese contrato (si tienes dos contratos que las facturaciones anuales superan los 50.000.-, debes bancarizar los 2 contratos) y asi sucesivamente..

  47. SALUDOS
    ESTIMADO ROMER, TENGO UNA DUDA ACERCA DE LA BANCARIZACION YO TENGO QUE FACTURAR SI O SI PARA COBRAR, EN EL MES TENGO QUE FACTURAR POR BS.- 60000.- Y ME PAGARAN CON CHEQUE TENGO QUE PEDIR UN RESPALDO AL BANCO, Y TENGO QUE BANCARIZAR?

      1. TALVEZ NO ESTA CLARA MI PREGUNTA ?EL CASO ES SI MIS INGRESOS SON >= 50.000.- . ME PAGARAN CON CHEQUE, MI DUDA ES QUE SI NO TENGO UN CONTRATO CON UN MONTO ESTABLECIDO , SINO ES QUE YO ESPERO A TRANSPORTAR CARGA CUANDO CONSIGA, y TENGO QUE FACTURAR 220.000 A DIFERENTES EMPRESAS, TENGO QUE BANCARIZAR?POR FAVOR ORIENTAME ESTOY CONFUNDIDA. MUCHAS GRACIAS

  48. Estimado Romer, tengo una consulta:
    La empresa en laque trabajo (SRL) compraria un vehiculo a medio uso y nos harian un traspaso dentro aduana, obviamente el valor supera los Bs. 50.000.-, entonces el pago se realizaria con cheque a nombre del vendedor (Correcto?), el documento de respaldo seria la DUI?, esta misma DUI debe ir a nombre de la empresa (SRL) o de uno de los socios?

    1. Aliosha
      Correcto, el cheque debe salir a nombre del vendedor en aduanas, el documento de respaldo es la transferencia de documentacion y la DUI, al momento de nacionalizar si el bien va pertenecer a la empresa debe salir a nombre de la compañia o empresa. Bajo ningun criterio puede salir a nombre de uno de los socios, si fuera asi, se tomaría como un pago anticipado o un retiro de dinero de socios.

  49. Virginia, ahora la renta obliga a que las empresas tengan contratos para controlar si las transacciones con las empresas superan los Bs. 50.000.00 ya que lo que hacen para evadir esta norma es estirar fcaturas pequeñas.. por montos que no superan los Bs. 50.000.00

  50. Romer, mientras mas leo más me preocupo pero mi empresa a la fecha no bancarizo en ningun mes. Como puedo poner al corriente por los meses anteriores?
    Atte. Yovenka

  51. Ronald Ortuño:
    Saludos cordiales,
    Pertenesco a una linea sindical de transporte interdepartamental de pasajeros y el representante legal comprara 5 vehiculos a medio uso pero necesitamos que los vehiculos salgan a nombre de cada uno de los socios por que la ley asi nos exige. La pregunta es el cheque a nombre de quien debe salir?

  52. hola mi pregunta es la siguiente: Mi empresa es unipersonal y emitimos una factura de 292908bs en el mes de mayo 2012 correspondiente a un anticipo de obra. Pero el pago de ese anticipo de nos hizo en agosto del 2011, entonces ahora como hago la bancarizacion con fecha de la fact q emiti o en la fecha q recibi el dinero ocea el 08/08/2011

    1. Estimada Galy
      Como el anticipo fue realizado antes de la emision de la norma. No hay muchas opciones simplemente no bancarizas esa factura. Lamentablemente no puedes hacer mas.

  53. Estimado Romer:
    mi consulta es la siguiente. cual el es monto que tengo que colocar para bancarizar una poliza he escuchado que debo incluir el pago de GA- IVA al monto total de la poliza es decir en mi poliza indica en la ultima hoja el monto que me cobra mi proveedor x un equipo 56.100,00 + el GA-IVA 9582 SERIA UN TOTAL DE BS. 65.682,00 BOLIVIANOS ESTOY EN LO CORRECTO? ES MI DUDA.

    1. EL MONTO DE LA DUI, (A DIFERENCIA DE LOS LIBROS DE COMPRAS) EN LA BANCARIZACION SE DEBE DECLARAR EL VALOR: CIF+GA+IVA. EJ.
      VALOR CIF 104.033
      GA 15.422
      BASE IMPONIBLE 119.455
      IVA 17.847
      TOTAL CIF+GA+IVA 137.302
      GA+IVA 33.269
      EL VALOR CON EL QUE SE DEBE INFORMAR ES 137.302 EN LA COLUMNA MONTO DE LA DUI O FACTURA, ES DECIR:

      2|DUI26/09/2011 BS 137.302|DP BS 85.601 26/09/2012

  54. OTRA CONSULTITA:
    PUEDO CORREGIR ALGUNA MALA BANCARIZACION QUE HIZE EN MESES PASADOS? COMO PUEDO HACERLO? SOY CONTRIBUYENTE NEWTON SERIA DIFERENTE EL MODO DE BANCARIZAR SI NO LO SOY?

  55. TENGO UNA VENTA CON FACTURA DOSIFICADA EN EL MES DE MAYO DE 2012, PERO LA CANCELACION LA HICIERON EN JUNIO DE 2012, QUIERO HACER LA BANCARIZACION PERO NO ME DEJA HACERLA EN MAYO EN EL DAVICI

    HAY QUE HACERLA EN JUNIO O CUANDO????

    PORQUE YA DECLARE EN MAYO ESA VENTA Y PAGUE MI IVA

    GRACIAS

    1. Walter,
      En la bancarizacion manda la fecha de pago, el momento en que entra el dinero, no la fecha de facturacion, por lo tanto debes bancarizar en Junio cuando te ingresan los fondos.
      RF

  56. SI EL MONTO DE FACTURA O DUI QUE INGRESE NO ES EL MISMO EN EL MONTO ACUMULADO X EL TIPO DE CAMBIO POR QUE TARDE 2 A 3 MESES EN CANCELARLO POR QUE ERA AL CREDITO HABRA ALGUNA OBSERVACION

  57. LA FACTURA QUE EMITI FUE DE 51.000 BOLIVIANOS Y POR X MOTIVO ME DESCONTARON Y EL CHEQUE QUE ME DIERON ERA SOLO DE 49.000 BOLIVIANOS TENGO QUE BANCARIZAR? LO BANCARIZO ESA FACTURA CON ESE MONTO QUE ES MENOS DE 50.000 BOLIVIANOS? HABRA ALGUNA OBSERVACION SI NO COINCIDE EL MONTO DE LA FACTURA CON EL ACUMULADO?

  58. Si deseo comprar un Vehiculo de una casa importadora, puedo realizar el pago por el total en la caja de la importadora y el momento que tenga que descargar mi factura es valido el recibo emitido por la importadora???
    ya que el deposito en el banco lo realizara la importadora

    Gracias

    1. Jessika,
      No podrías, lamentablemente ese es el problema y finalidad de la bancarizacion, nos obliga de manera ineludible que al realizar pagos superiores a Bs.- 50.000 deben ser vía alguna entidad bancaria.
      RF

      1. Puedes pagar en caja de la importadora siempre y cuando lo hagas con cheque. El cheque puede ser depositado por la importadora. Por el pago que haces, te pueden emitir un recibo de caja.
        Si acaso la importadora lo requiere, puedes obtener en tu banco un cheque de gerencia o un cheque certificado.
        Si pagas en efectivo, estas generando un factor que te traerá problemas tanto para el uso del crédito fiscal como para la determinación del IUE (gasto no deducible si no se paga mediante algún medio del sistema financiero).

        Uno de los objetivos de esta norma, es precisamente evitar transacciones en efectivo.

  59. Si emito 3 o 4 facturas en un mes y pasan los 50000 a un solo cliente y me pagan con cheque por cada factura ,tengo que bancarizar ?

      1. Si las facturas corresponden al mismo producto y si se emitieron el mismo día, puede generar motivos para interpretar que lo están haciendo con el objetivo de eludir el cumplimiento de realizar transacciones utilizando el sistema financiero (en una posible fiscalización, hace mucho el punto de vista del fiscalizador ya que la norma no es clara al respecto). Desde mi punto de vista, si son facturas por la venta de diversos productos y en distintas fechas, no estas en la obligación de bancarizar.

  60. Jaime
    Sinceramente, me encuentiro satisfecho por las preguntas y aclaraciones necesarias que efectuas, sin embargo, puedes citar la norma legal para este tema de la bancararizacion?

  61. Buen día, tengo una pregunta, espero pueda responderme. Trabajo en una ONG extranjera, por tanto recibimos fondos del exterior. Parte de estos fondos es para gastos de nuestra oficina y otros son para transferir a socios locales quienes a su vez ejecutan los proyectos. Por tanto, han existido oportunidades en las que hemos recibido montos mayores a 50000Bs como también hemos transferido a terceros. Es necesario realizar la bancarización?

    1. Hola Karen, te comento que bajo la normativa la RND 10.0011.2011 no menciona sobre las donaciones aunque algunos colegas estan bancarizando de igual forma pero no es necesario bancarizar.
      Nils Maldonado Z.
      Auditor
      70889816
      nils120@hotmail.com

      1. No es posible bancarizar ya que no se cuenta con los datos básicos, como por ejemplo: nombre del proveedor, nit del proveedor, número de factura, etc etc. Revisando las penalidades o beneficios que se pierden, entiendo que no afecta a una institución que recibe y transfiere recursos.

  62. buenas colegas que opinan de lo siguiente:
    En caso q compramos un bien por Bs. 52.000.00 pagamos con cheque el 25/06/2012 y recien de mi extracto debitan el 3/07/2012 en este caso q fecha debemos utilizar bara bancarizar? la del deposito o la del cheque? creo que crea cierta confución en este tema ya que el 3/07/2012 certifico mi pago que opnan?

    1. En situaciones como esta, yo bancarizo en el mes que se emitió el cheque, en este caso el 25/jun/2012.
      El proveedor, realizará la bancarización en el mes de julio ya que el 03 de julio está recién realizando la cobranza del cheque. La diferencia del tiempo entre la emisión y cobro del cheque, se entiende que es un cheque en circulación que puede por una parte deducirse que estuvo en poder del proveedor, pero que no lo presentó en la entidad financiera hasta julio.

    1. Federico,
      Si tu contabilidad es legal y quieres seguir todas las normas como se debe, NO puedes. Estarías sobre valorando tus cuentas en Moneda Extranjera. Lo cual no es correcto.

  63. Una consulta etoy trabajando en una empresa nueva, he encontrado un pago de importacion de 14.536,81 $ de una importacion que se pago el mes de mayo, y no se bancarizo, que proceso debo seguir si podrian ayudarme

  64. Hola amigos:
    muy interesante los comentarios, sin embargo,si alguien fuera tan gentil de subir o pasarme un ejemplo de bancarizacion de un DUI, esto con el fin de no cometer errores, de toda formas tengo un sistema para bancarizacion, lo desarrolle personalmente.
    Simon Apaza
    programador de sistemas
    77719935
    si_castillo@hotmail.com

    1. Si. Debes bancarizar si la base imponible es igual o mayor a 50,000.- Por ejemplo si pagaste la póliza por un valor de 10,000.- Bs, en la que figura como pago del IVA la suma de 7,500.- Por otros conceptos la suma de ej GA 2,500.- Bs, por regla de tres, podemos deducir que el valor de la importación es mayor a 50,000.- Bs. razón por la que entiendo que se debe bancarizar.

  65. Una preguntita: Una persona natural compra una casa y conforme el contrato de compra y venta, el pago de dicho inmueble es en efectivo y a satisfacción del vendedor. MI pregunta es esa venta en efectivo es anulable ya que no tiene un comprobante de una entidad finaciera.? o sea se debe aplicar la bancarización? para este tipo de transferencias.

    1. Jean,
      Si la venta ha sido realizada con todos los reconocimientos y documentacion que respaldo totalmente el pago (aunque hubiera sido en efectivo) no debería haber problema y tampoco sería anulable. Siempre y en todos los casos es recomendable que transacciones importantes pasen por el sistema bancario para respaldar los pagos (se bancaricen o no), por un tema de seguridad.
      En estos casos lo mandatorio es la documentacion de la transferencia.
      Romer

  66. buenas tardes soy Ingrid una pregunta por favor:Un cliente constructor facturo a una alcaldia por 150.000.- la Alcaldia le emitio un cheque,el fue y lo cobro en efectivo,no tiene cuenta corriente,se bancariza esta transaccion?
    Gracias por la respuesta…..

    1. Lo primero en este caso, corresponde que le pidas a tu cliente constructor, que se abra una cuenta bancaria (ideal que sea una cuenta corriente). Si hizo la cobranza en efectivo, no està utilizando una instituciòn financiera para hacer ingresar ese dinero de acuerdo a norma, es decir, al infringir la RND procede las penalidades como por ejemplo: El débito fiscal no puede ser compensado etc etc.

  67. hola mi duda es la siguiente: estamos haciendo un trabajo para la alcaldia y en el mes de febrero 2012 se nos hizo el anticipo correspondiente s/g ley de 381473.24 bs, ahora en el mes de julio facturamos la 1ra planilla de avance obra por bs 359561.68, entonces ahora como realizo la bancarizacion, ayuda por favor..!!

  68. Eugenia
    Saludos,
    Comentarles…
    Si bien la resolucion indica que los No Newton solo estan obligados a llevar el registro impreso y notariarlos. Pero en la oficina virtual tengo esa opcion para envio de bancarizacion no se desde cuando lo habilitaron, porque mayormente los contadores solo tenemos el acceso como usuario y no asi como administrador, recien me lo habilitaron, me apersone ante impuestos y me indicaron que desde el momento en que tenia ya la opcion para envio de bancarizacion debi realizar mis declaraciones. Como es de contradictorio esto.!
    Ni siquiera un comunicado o aviso hubo. Empesare a declarar desde Agosto y debo regularizar los meses anteriores.

    1. Eugenia, es increible lo que pasa en este pais con las instituciones, lamentablemente lo unico que se puede hacer en estos casos es acomodarse medio a porrasos para estar acorde a los requerimientos.

  69. Gracias, nos ayudas a encontrar la luz. Repecto al anticipo del 20% en contratos grandes de millones, donde no emitimos factura por el anticipo y nos descuentan en forma proporcional en cada planilla de avance (facturado), estamos haciendo lo correcto o deberiamos facturar el anticipo (que 16% seviria para pagar IVA e IT) ya que no generamos CF-IVA sino una vez iniciado el trabajo.

    1. Alvaro,
      Segun la norma, se debe emitir factura al finalizar el trabajo o al recibir el pago (lo que ocurra primero), en este caso y de acuerdo a la ley, se deben facturar los anticipos.

  70. Estimados, voy a realizar la compra de un terreno que supera los Bs. 50.000, el pago se realizara en cheque a nombre de los propietarios del terreno, se realizara un documento de compra y venta, debere bancarizar pese a que es una inversion, ademas mi empresa invirtio mas de 50.000 en 2 a;os para mantener este terrno, en el caso que que tenga que bancarizar deberia tomar los datos del contrato. Espero que puedan coadyuvar a que no cometa un error.

    1. Oscar,
      La norma es clara y no discrimina si es inversion o gasto, lo que manda en la norma es el monto a pagar, en este caso estas comprando algo con un valor mayor a Bs.50.000 por lo tanto debes bancarizarlo, para que tenga valor fiscal en tu contabilidad. Y los datos del contrato son mandatorios en este caso.

  71. Hola mi pregunta es que pasa cuando yo facture en el mes de agosto un monto superior a 50.000 bs pero la cancelacion es en el mes de septiembre, se debe realizar la bancarizacion en el mes de agosto o septiembre.

    1. Claudia,
      Para el tema de bancarizacion se toma en cuenta el momento en que hay movimiento bancario, en este caso la bancarizacion correspondería la mes de septiembre, el mes en que te pagan el documento.

    2. Yes. Completamente de acuerdo…!!! Bancarizar en el período que ingresa el dinero a una cuenta que se tenga en el sistema financiero (cuenta corriente, caja de ahorro…….).

      1. Esta norma alcanza a:
        1. Todas las personas naturales, personas jurídicas, sea cual fuere la forma deasociación que utilicen,
        2. Entidades e instituciones públicas,empresas públicas y
        3.Organismos del estado,

        Todos los enunciados en los incisos anteriores que efectúen transacciones por montos iguales o mayores a Bs50.000.-(Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos).

  72. Romer buenas noches
    Una consulta
    Trabajo en una empresa aerea, se hace pagos anticipados por un importe de USD 80000.- por lo que no se tiene contrato ademas esa cifra puede ser variable, y la empresa a la que pagamos nos emite facturas diarias que se deducen del anticipo, en un mes tuve facturas por importes mayores a 50000 bob como, como se procede en estos casos.

    1. Yosmar,
      Los anticipos no estan normados o mejor dicho no son aceptados en la norma, en teoria si se emite un anticipo la otra empresa deberá emitir una factura en el momento, ya que la ley 843 dice claramente que la factura debe ser emitida: Al momento de terminar el contrato o servicio, al momento de transferir la propiedad del bien o al momento de realizar el pago, lo que ocurra primero.
      RF

  73. hola mi pregunta es …. tenemos contratos con transportistas quienes nos ayudan a transportar la mercaderia y a venderla, estos ganan comisiones sobre la entrega y venta de los mismos, estos contratos son indefinidos en algunos casos llegan a sacar hasta 10000.- bs. semanales superando los 50000.- en dos meses.¿Estas facturas tengo que declararlas? ….
    Gracias ..

  74. Por favor tengo dudas con respecto a que si la compra y venta de bienes inmuebles se bancariza. Es una empresa que no se dedica a la venta y compra de inmuebles no es una actividad habitual. Es la venta de un activo fijo debo o no debo bancarizar? segun un articulo de prensa de fecha 1 feb de 2011 no. Pero el Decreto no establece exenciones. Porfavor si alguien puede ayudarme y darme la base legal, gracias.

  75. buenas tardes:
    tengo una consulta. Resulta que fabrico muebles para una cadena de farmacias. El pago que me hacen es por farmacia (local) amueblada, y lo hacen mediante varios pagos en diferentes fechas, por ej: en Oct. emití una factura por 220.000.-bs, pero me dieron los sigtes anticipos con cheques:
    70.000.-bs agosto/2012
    100.000.-bs sept/2012
    y los restantes 50.000.-bs me lo pagaran en este mes de diciembre. Como debo realizar la bancarizacion?
    Agradeceria mucho su colaboracion

    1. Samuel,

      Este es un problema común en bancarizacion, ya que no se contemplan los anticipos, lo que se debe hacer es facturar cada anticipo para poder realizar la operación de manera correcta.
      En este caso que ya fue realizado de esta forma, no hay como bancarizar.

      RF

  76. Hola Amigos, tengo una pregunta, hemos hecho un contrato con una empresa para que le confeccionemos ropa de trabajo 200000. según el contrato, deberiamos facturar la mitad a nombre de la empresa y la otra mitad a nombre de cada uno de sus empleados. Nos dieron 2 cheques de 50000 c uno. Debo bancarizar los dos? y cuando coloque en la planilla de bancarización a que nombre y nit debo colocar cada factura de los empleados ya que no son ni 1000 bs. ?
    Les agradecería que me podrían ayudar
    Atte. Javier

    1. Javier,
      Si entiendo bien, es como que estuvieras vendiendo a clientes diferentes ya que emitirás facturas a tu cliente y luego a varias personas, en este caso (si no existe un contrato de por medio) bancarizas únicamente las facturas mayores o iguales a Bs. 50.000, o la que le emites a la empresa.
      RF

  77. Hola
    mis consultas son las siguientes:
    1.- Emití una factura en un mes Diciembre, pero el pago recibido fué en fecha enero, debo bancarizar la factura en el periodo del pago o a emision de la factura?.
    2.- nosotros recibimos una factura por una compra en el mes de dciembre pero la fecha del documento de pago es de enero, debo bancarizar la factura en el mes de diciembre o enero?,

    agradeceria que alguien me pudiera dar una respuesta, gracias

    1. Respuestas:
      1. Bancarizar junto a la declaración jurada correspondiente a enero
      2. También bancarizas junto a la declaración jurada correspondiente a enero.
      Sólo puedes bancarizar cuando tienes los datos de la operación bancaria, ya sea de pago o cobro, según corresponda.

  78. Estimado, agradeceré si puede dar respuesta a mi pregunta ¿las fundaciones deben realizar bancarización por las donaciones que reciben mediante convenios institucionales?

    1. Estimado Marco,
      El tema de la Bancarizacion es para fines tributarios, lamentablemente no conozco mucho sobre el tratamiento tributario en fundaciones, no se que tipo de registros deben llevar y presentar al Fisco, según mi entender estas donaciones al ser la fuente de ingreso de las fundaciones estarían dentro del alcance de la norma, para respaldar el registro correcto de esos ingresos o donaciones que se reciben, supongo que las instituciones que realizan las donaciones lo hacen en la cuenta de la fundación, cumpliendo todos los requisitos legales que se les exige para volver deducible estas donaciones. Por lo mismo también debería ser bancarizado por la contra parte que sería la fundación.
      Siempre he creído que en impuestos es mejor que sobre a que falte la información.
      Saludos.
      Romer F.

    2. Al recibir donaciones, no se tiene los datos de la factura o documento equivalente, necesarios para llenar las casillas respectivas. Por consiguiente, no es necesario bancarizarlo.

      Analizando las «penalidades» a quienes no bancarizan, no tiene ningun efecto en las fundaciones, ya que regularmente al registrar sus transacciones, no consideran el concepto de IVA Crédito ni Débito Fiscal, normalente tienen liberados el pago de IUE, etc.

      Por lo mencionado y en mi opinión, las fundaciones no requieren bancarizar por dineros recibidos como donaciones.

      Saludos,

      1. Ademas la normativa es clara y puntualmente establece tota transacción por veta de bienes y servicios, las donaciones no entran en este concepto, varias organizaciones y colegas nuestros recomiendan bancarizar este problema es que la normativa del pais se la realiza de un escritorio y no engloba todos los otros conceptos importantes.¡

  79. Estimado:
    Mi empresa recibe pagos en efectivo de clientes que no tienen cuentas bancarias por importes mayores a Bs50.000 y si decidimos no recibir efectivo y exigir cheque, pues simplemete compran a la competencia y mi empresa se muere, lo que hacemos es recibir el efectivo y depositarlo nosotros el mismo dia y bancarizar con ese documento, esta bien?, o tendria que depositarlo la persona a quien emitiremos la factura?, (algo que tambien es inviable por el tipo de clientes que tenemos, les agradecere sus comentarios

    1. Irahola, Lo correcto es que tu cliente te deposite utilizando alguna entidad bancaria, pero lo que estas realizando en vista de las circunstancias no estaria del todo mal. No estoy de acuerdo pero lamentablemente la norma fue pensada en un mercado perfecto donde todos son formales. Slds. Romer.

  80. ESTIMADO,SI PUEDEN DAR RESPUESTA A MI DUDA AGREDECERÉ ¿LAS TRANSFERENCIAS QUE HAGO AL EXTERIOR A MI PROVEEDOR SE BANCARIZA? (IMPORTACION DE BOMBAS SUECIA).

  81. Gracias por tu atencion, la siguiente duda si tengo 3 facturas (60.000.- , 80.000.- , 40.000.- ), por una compra que hice pagadas utilizado un cheque por 180.000.- me podrias dar una ayuda para poder registrar esta ciompra en el libro auxiliar de de compras, y no cometer errores con los datos para siguientes campos
    Nro de Cuenta de Doc. de Pago | Monto Pagado en el Doc. de Pago | Monto Acumulado | Nro de Doc. de Pago
    Agradeceria mucho la ayuda que puedas darme para hacer esdte registro.

  82. Saludos una pregunta tengo 10 facturas por Bs. 5400 cada uno durante el transcurso del mes y se le pago al proveedor con cheque todo Bs. 54000 en este caso se bancariza o no
    Si se bancariza como registro en la columna monto pagado en documento de pago y en la columna monto acumulado

    1. Julio, debes ver que las facturas emitidas no se puedan interpretar como una sola transacción que ha sido dividida. En ese caso, si no corresponden a una sola transacción no deberias bancarizar.

  83. Tengo una duda…En mi trabajo hemos cobrado un cheque de gerencia y contabilidad me dice que para bancarizar esta operación debo tener una «certificacion» del cheque…¿ A que se refieren con esto ? ¿ Como consigo esa certificacion que me piden ? de antemano gracias por la aclaracion…

    1. Omar, podrias hablar con el banco emisor, ellos pueden emitirte un documento con los datos necesarios para que contabilidad valide su operacion.
      RF

  84. Una consulta mas un cliente con varias cuentas por cobrar transacciones mayores a 50000 me deja un anticipo menor a 50000 para otro trabajo que facturaré posteriormente y no es mayor a 50000 hay alguna norma que prohibe tener a un cliente con anticipo y cuentas por cobrar a la vez.

    1. Estimada Mariela,
      Ese tipo de normas son internas, la restriccion la debe realizar la misma empresa, con alguna politica de cuentas por cobrar especifica. La Ley no prohibe que te entreguen anticipos si existen cuentas por cobrar previas.
      RF

  85. Tenemos depositos en el banco a la cta. fiscal de la empresa, por un monto superior a 50.000.00, para hacer el giro a nuestro proveedor para importacion.
    Pero el origen de estos fondos, es un credito otorgado por el mismo banco a nuestro, representante legal, como persona natural, cuando el banco ha efectuado el desembolso ,lo han hecho a su cuenta personal, del representante, de ahi se ha hecho el traspaso a la cuenta fiscal.
    Muy aparte de lo arriba mencionado, tambien, tenemos otro credito de otro banco y este he ha depositado en efectivo a nuestra cta. fiscal de la empresa, en todo caso seria 2 transacciones diferentes.
    la consulta seria:
    Como debo hacer la bancarizacion?
    Que documentos debo respaldar muy independiente de los comprobantes que emite el banco, si los creditos han sido a titulo personal, pero para la empresa.

    Atte. Simon

  86. Oli:
    Mi duda es si una fundacione o ONG, que trabaja con proyectos, entrega fondos en avance mayores a 50.000 para diferentes tipos de gastos deberia ser bancarizable.

  87. Buenos días, yo tengo la duda de cual es el formato para imprimir en el caso de llevar a notaria estos Libros Auxiliares???

  88. Mi duda es la siguiente mi esposa es extranjera y recibe pagos por consultoria en el extranjero, ella viaja y trabaja alla, y ahora queremos que le paguen en Bolivia de un trabajo en otro pais, en este caso particular de un cliente el monto es mayor a 50,000Bs, y queremos por primera vez el pago en un banco de Bolivia?¿debería bancarizar?, ella tiene una empresa aca en Bolivia pero esta sin movimiento hace mucho tiempo, la empresa no esta relacionada al rubro, que debemos presentar?

    1. Enrique,
      Debemos tener claro el concepto de territorialidad, si el servicio es ofrecido desde Bolivia debera emitir una factura, si ella viaja o demuestra que ha viajado y a prestado el servicio en el extranjero no estaria obligada a emitir factura ni bancarizar, ya que son ingresos en el extranjero que no son alcanzados por nuestra legislacion.
      RF

  89. BUENOS DIAS UNA CONSULTA LA EMPRESA HA REALIZADO UNA COMPRA DE UN VEHICULO A CREDITO LA FACTURA NOS LA EMITIERON POR EL TOTAL VALOR CAPITAL Y LA EMPRESA REALIZO EL DEPOSITO DE LA CUOTA INICIAL EN DOS PAGOS EL PRIMERO EN EFECTIVO EN LA CTA, DEL PROVEEDOR Y EL SEGUANDO PAGO MEIANTE CHEQUE ¿MI DUDA ES SI SE PUEDE BANCARIZAR POR LA PARTE DE QUE SE DEPOSITO EN EFECTIVO A LA CTA. DEL PROVEEDOR Y ESTE EFECTIVO NO SALIO DE LA CTA. DE LA EMPRESA , ES UN APORTE DE UN SOCIO ?

    1. Lily
      No puedes, la norma es clara para todo pago que realices mayor o igual a 50.000 bs, debe ser realiado mediante una entidad bancaria, puedes respaldarte pidiendo algun comprobante que ellos realizaron el deposito de tu dinero en su cuenta a tu nombre (eso sera dificil) pero por ahi lo hicieron asi.
      RF

  90. Buenas tardes,unas preguntas por favor:las cuentas bancarias de los socios en forma mancomunada son validas para la bancarizacion?? los gastos por servicios al extranjero se bancarizan???
    Gracias por su respuesta

  91. Estimado Romer, hay un conflicto en esto del monto en el documento de pago ya que hay ocasiones donde un cliente paga o compra con un solo cheque varias facturas (bienes y servicios) que importe es correcto colocar el monto de la factura o del cheque?, en un seminario que fuimos con impuestos con un gerente del SIN le hice la pregunta y me dice que debo colocar el monto de la factura y direcciono a ese cheque donde estoy pagando me parece logico, ahora hay varios seminarios de otros funcionarios del SIN donde dicen que coloquemos el total si hago esto es incoherente que opinas?

    1. Nils, estoy de acuerdo con la primer opción, pero de igual manera en ambos casos estarías correcto, ya que al final estas direccionando al cheque correcto, no deberías tener problemas y si lo tienes es fácil de defenderte, tomando en cuenta que si cuentas con el documento de pago, lo otro ya es un vacío legal en el procedimiento.

  92. Estamos ejecutando un proyecto construccion de la cual nos dieron un anticipo del 20% del valor del contrato no se realizo la factura.
    A medida q presentamos las planillas de avance; Tenemos un monto x por Facturar, pero el liquido por CoBRAR es menor al importe de la factura. La diferencia se registra en la columna de acumulado? o como es el tratamiento? por que el anticipo por cada planilla presentada sigue en aumento por el anticipo que no facturamos como puedo realizar la Bancarizacion

    1. Roxy, el anticipo es para pagos a UDs. como empresa? o Para pagar a terceros?, Uds., entregan rendición de esos montos?, Hay muchas variables que hay que tomar en cuenta antes de darte una respuesta correcta y no cometer errores.

  93. Mi consulta, es la siguiente, tenemos un servicio de transporte internacional, y realizamos el servicio logístico, para una carga que llegara de afuera, y nos giran a nuestra cuenta, el pago de toda la carga para cancelar, el pago lo hacemos en efectivo, retirando, parcialmente, el pago, tengo que banca rizar, si solo es una comisión que estamos realizando al hacer ese trabajo, que debemos hacer

    1. Sandra,
      Únicamente debemos bancarizar las cuentas que afectan resultados de tu compañía, no los pagos que realices por cuenta de un terceros, habría que analizar bien la figura para entender tu procedimiento y flujo de trabajo.

  94. buenas tardes, pero antes felicidades, una consulta al respecto de la bancarización, compre un auto de los cuales US$ 5.000.- pague en efectivo a la caja de la importadora de vehículos y lo restante mediante depósitos bancarios, quisiera me aclaren si mi factura tendrá validez o no ya que a mi en el momento de depositar mediante caja en la importadora no me informaron de esta ley y nosé si podre presentar para temas de impuestos mi factura.
    gracias muchas gracias……..

    1. Buenas Tardes, lo que puedes hacer para adjuntar a tu factura y respaldar tu pago es que la Importadora de Vehículos te pase una copia del deposito que ellos realizaron en su cuenta bancaria, del monto que tu les entregaste. Debería estar realizado a tu nombre. Caso contrario ese monto podría ser observado.
      Saludos.

  95. Buenas tardes , antes que todo muy util la informaci`n que respondes , mi duda es la siguiente como se bancariza los depositos por la compra de departamentos , muchos lo hacen em cuotas pero reciuen cuando terminas de pagar con o sin financiamiento recien tienes el form 430 de transferencia y entonces como haces para bancarizar todos los anticipos que se hizo . gracias

  96. buenos días una consulta en el caso de una empresa unipersonal que da un poder de representante legal para la adjudicacion de una obra especifica, quien es el que factura el dueño de la empresa o el representante deberá sacar un nit con su nombre y facturar con su nombre sera qeu me puede explicar con mas detalle porfavor

    1. Miguel,
      A quien se adjudico la obra?, Esa persona o empresa unipersonal debe facturar, la obligación si existe contrato y es formal, es de quien se adjudica no se puede traspasar una obligación dando un poder.
      RF

  97. TENGO UNA CONSULTA:
    En una sociedad accidental, cual empresa debe bancarizar, siendo que una, es la que factura y el dinero se deposita en la cuenta de la otra?

    1. Maribel,
      Para empezar estas cruzando la administración de la sociedad accidental, no podrías bancarizar, ya que la base de la bancarizacion es el documento y el pago en una cuenta bancaria de quien emitió el documento, deberían unificar el manejo.
      RF

  98. Tengo una consulta sobre la bancarizacion emitimos una factura de Bs 62000.- en el mes de agosto y el pago nos lo hicieron en 4 cuotas la 1 ra en agosto la 2da en septiembre la 3ra en octubre y la 4ta en noviembre mi consulta es cuando tengo que bancarizar, si debi hacer una por cada mes que nos pagaron, o debo hacer solamente una al final del pago total

  99. Buenos dias, tengo una duda se emitio el cheque para pago de la luz en Diciembre 2013 y el pago se efectuo enero 2014 cuando bancarizo en Diciembre o en Enero.
    Gracias.

    1. Victor Hugo, si se puede, lo registras el deposito como anticipo y facturas, lo correcto fuera que sea tanto el deposito como la facturacion en el mismo mes. RF

  100. Una consulta, Por el pago de un servicio se emitios dos facturas en un solo mes, una por 52.000.- y otra por 2500.– y nos hicieron un solo pago por el total 54500 con una transferencia bancaria,¿Es necesario incluir los dos facturas, en el formualario de bancarizacion? o solo la de 52000

  101. EN UNA EMPRESA LA MANO DE OBRA NO EMITE FACTURA POR LO TANTO SE APLICARA LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS. ESTE MONTO ES ELEVADO POR LO TANTO SE APLICA LA BANCARIZACION CORRESPONDIENTE?

  102. POR FAVOR DESPEJEN MI DUDA, TENGO UN DEPÓSITO mayor a 50000 Bs., pero la empresa X nos hizo pedidos en 56 oportunidades…Eso quiere decir que le dimos 56 facturas pero nos pago en uno solo a fin de mes por el monto mayor a 50000..debo bancarizar?

  103. una consulta, la compra de un terreno que supera los 50.000 Bs. se debe bancarizar? tomando en cuenta que el vendedor es una persona particular y no cuenta con NIT y se dificulta en el llenado del registro auxiliar.. de antemano muchas gracia.

    1. Wilson, si tu eres empresa debes al momento del pago realizarlo a una cuenta a nombre del vendedor. Tu bancarizas si el comprador lo hace o no, es problema de el.

  104. Estimado lic. una consulta,estoy comprando 1 camion,a una persona que dedica a traer camiones,el me pidio anticipo,cual el camion toda via no esta a nombre de la empresa,se bancariza dicho anticipo,como se haria, desde luego no va haber una factura.solo un poder de transferencia.

  105. Los anticipos por un contrato de venta de bienes que aun no se han entregados, que superan los Bs. 50.000, es decir no se han emitido las facturas por cada anticipo, por que no ha existido aún la transferencia de dominio. En que momento deben bancarizarse?

  106. una consultas en el monto total de mi DUI el valor del IVA es 8710 y yo para poder declararla hago regla de 3 esa es la manera para allar el 100%? y una consulta mas,
    cuando realizamos una importacion mi DUI refleja un monto. 67000.- y cuando yo pago a mis proveedores llego a pagar 49000.- y trabajamos con una agencia aduanera.. que ellos nos lo hacen el pago de todo en cuestion de lo que debemos, pero giraMOS un cheque por bs. 11000.- y cuando tenemos que bancarizar tenemos una diferencia de Bs 7000.- y no sabemos como respaldar, pero tenemos todos nuestros documentos de cotisacion, que nos manda nuestra agencia aduanera. y a lo poco que puede ver esas diferencias oacasionan, el GA. lo que pagamos en cuestion de impuestos etc. pero ay montos variables asi altos Ojo que todo lo que refleja en nuestra DUI es todo lo que Hemos gastado, te cuento que fui a impuestos a consultar y no me pudieron dar una salucion. como podria hacerlo?

    1. Hola,

      Para determinar el monto de la DIU solo para bancarizar se debe sumar : VALOR CIF+GA+IVA sin realizar regla de tres, y para el valor que se paga, solo tendrias que bancarizar el valor fob – Osea el valor de la facturas que pagas al comercio en el exterior, el GA y el IVA no se deberia sumar en el pago…. pues a mi criterio son impuestos.
      Producto de esta operacion tendras una diferencia en el monto que declaras con el monto que pagas la cual es norma.

      Saludos
      Rocio Miranda

  107. Lic. una consulta trabajo en una empresa que presta servicios electricos , pero al mismo tiempo la empresa alquila unos galpones por el cual nos cancelan Bs.75516.- y entregamos un recibo de alquiler. mi pregunta es si los alquileres se Bancarizan ya que el rubro principal de la empresa es la prestacion de servicios electricos Y la normativa no contempla los alquileres.

  108. Licenciado, gracias por este post, que nos ayuda a todos a aprender mas.
    Respecto a las compras en Zona Franca, tengo dos situaciones antagonicas.
    1.- uno acuerda un precio por la compra de un vehículo y el pago se hizo efectivo mediante Banco, por ejemplo 8000 USD, equivalente a 56000 Bs. aproximadamente, pero cuando sale la poliza, resulta que el valor de aduanas segun tablas es un equivalente a 62000 Bs. y mayor al precio que pagué y se hacen los pagos correspondientes.
    2.- en otro caso, pagué mediante banco el precio acordado de 20000 USD (Aprox 140000 Bs en dos depositos de 100000 y 40000 respectivamente) y resulta que la poliza sale a mi nombre, pero la suma de los IVA es solo 86000 Bs.
    Preguntas:
    a.- En el primer caso, como justifico un credito a mi favor? con que valores bancarizo?
    b.- En el segundo caso, como se pagó en dos cuotas, bancarizo los dos pagos? si tan solo con el primero alcanza?

    Saludos

    1. Estimada Leslye, deberías leer mas a detalle la norma de bancarización, la facturación es indistinta al pago, de hecho es lo mas normal facturar primero y recibir el pago en meses posteriores, dependiendo del crédito que se dé al cliente.

    2. Estimada Leslie ahi es una falla tuya ya que al momento de recibir el pago deberias haber facturado y bancarizado, el Art. 4 de la ley 843 te dice que se produce el hecho imponible al momento de transferencia del bien o a la percepcion del pago lo que se produzca primero. asi que ahora solo queda rectificar tu bancarizacion.

  109. Hola tengo una pregunta.
    Para una empresa constructora, tengo dos contratos mayores a 50000 y cada pago de planilla se ha esta haciendo con normalidad, pero el diciembre nos pagaron de ambos contratos en diferentes fechas, el problema es q no se como bancarizar,ya que tendría q bancarizar esos dos cheques con el mes de dic, tengo dudas sobre lo que se pondrá en monto acumulado, separado o junto, por favor respondan!

  110. Hola buen, dia, primero agradecer por transmitir conocimiento y ayudar a resolver algunas dudas

    Que se hace, cuando firme un contrato de alquiler con una persona llamada Juan Perez, pero el me entrega cada mes que me cobra el alquiler facturas emitidas por otra persona Jose Lopez, digamos, esto me traera problemas en el tema tributario, segun su opinion como debo resolver lo anterior, y como subsanar lo posterior?????? agradezco su valioso comentario

    1. Roberto,
      Si eres empresa y requieres utilizar el crédito fiscal, la factura debería emitirla con quien firmas el contrato, a no ser que sea un apoderado de quien factura. Pero si eres una persona natural puedes utilizar el Crédito fiscal en tu RC-IVA y no debería haber problemas, si quieres irte a la manera correcta si firmastes con Juan Perez, Juan Perez debe emitir la factura.

  111. una pregunta
    trabajo en una empresa publica con frecuencia solicitan fondos en avance para compras de emergencia mi pregunta es cuando desenbolsamos un monto de 70 000 bs. la unidad solicitante gasta en varias cosas pero suman los 70000 el total de las facturas, esto bebe bancarizarce

    1. Sonia,
      Estos fondos en avance son como una caja chica? Para compras varias?. Si es asi y ninguna compra especifica supera los 50.000 bs, se considera un fondo a rendir unicamente, no se bancariza.
      RF

  112. Buen dia,

    Mi proveedor en China me emite facturas comerciales por $us. 60000, pero ya en Bolivia se emiten DUIs individuales por valores menores a Bs. 50.000 (son 195 DUIS, cada una de Bs. 4300 aprox.). Es necesario bancarizar algo???Gracias

  113. Estrimado Tengo una duda sobre una compra de un vehiculo por Bs70,000.00 según factura de IMCRUZ del 25/mayo, acordando pagos de Bs15,000.00 el 30/junio, 31/julio, 31/agosto, 30/septiembre y Bs10,000.00 el 31/octubre, como procedo a la bancarizacion y para cuando declaro la factura en el libro de compras.
    Slds

  114. Para el caso de las empresas inmobiliarias tengo entendido que las ventas o terrenos se bancarizan, pero si el crédito es directo, quiere decir que debo bancarizar cada una de las cuotas???

  115. Estimado, buen día, una consulta. Yo tengo una SRL aquí en Bolivia y le tengo que pagar a un proveedor extranjero que me brinda servicios de consultoría, ese servicio fue dado parte remotamente desde el país del proveedor y parte en Bolivia. Las facturas son menores a 50000 Bs. El proveedor me hace facturas de exportación de su país (Argentina), pero prefiere que le pague en efectivo. Puedo hacerlo o si o si habría que bancarizar ? Obviamente necesito que esas facturas me sirvan para el IUE. Saludos y muchas gracias !!

    1. Johnny,
      Para que las facturas del extranjero como servicios sean validas y deducibles al IUE debes realizarle la retención de IUE-BE (asi sean facturas legales), ya que si bien te da una consultoria esa consultoría te ayuda a obtener ingresos en Bolivia y los pagos al extranjero o a proveedores del Exterior ya no se bancarizan pero OJO: Debe existir un Giro Bancario, si le pagas en Efectivo no tendrás el documento de pago. Es muy importante pagar todo vía Bancaria ya que ante una fiscalización impuestos te depurará esos montos.
      RF

  116. en la empresa las ventas son prepagos , el cliente deposita un montos anticipados mayor a 50mil por el cual los montos de las facturas que se deducen de su importe depositado no supera a 50mil. como trabajaría en mi bancarización?

  117. estimado romer, mi duda es lo siguiente, tengo un contrato de obra mayor a 50000 bs pero solo se canceló la primera planilla en 2016 por un monto menor a 50000, el resto se cancelará este año, como debo bancarizar?? ya que el parametro es el monto total del contrato.
    la sigueinte duda es el año pasado 12/2016 se realizó el pago final de la obra pero se emitió la factura en enero/2017, y el monto es menor a 50000, debo bancarizar en el año 2016?? ya que los primeros pagos se realizó el mismo año.

    1. Deysi,
      Debes ponerle un numero a tu contrato para identificar contra que estas bancarizando, y bancarizas contra ese numero de contrato como referencia.

  118. Cuento con una situación, compra un vehículo se realizó el cheque por el total, pero nos facturaron en dos partes una al momento del pago y otro a la entrega de la movilidad, después de 4 meses. La última factura estaba incorrecta no logramos hacerlo cambiar a tiempo, por lo que en su momento nosé declaró, ahora mi consulta es si lo debo bancarizar esta factura incorrecta? gracias por su ayuda

    1. Angie,
      No hay como bancarizar la segunda factura, Uds. debieron exigir el total de la factura al momento del pago, era la obligacion del Vendedor emitir la factura por el total si ya habia recibido el total del pago. Error suyo y viveza del vendedor.
      Saludos
      Romer

  119. Estaba leyendo su blog y me parece muy interesante, y quería consultar como hago para la bancarización de la venta de un terreno, si por la venta de un terreno no se emite factura? Es sistema me pide el número de orden de la factura y no me da opción a colocar otro número

Replica a RF Cancelar la respuesta